El nuevo plazo para acceder a la condonación de deudas vence el 16 de marzo. Hasta la fecha la AFIP registró un monto condonado superior a los $ 3.400 millones.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió este jueves todos los plazos para la aplicación de la ley de Alivio Fiscal que ya benefició a 252.000 contribuyentes. La adhesión al plan de regularización está habilitada hasta el 31 de marzo.
Los contribuyentes cumplidores tendrán tiempo hasta el 31 de marzo para acceder a los beneficios establecidos en la ley de Alivio Fiscal, mientras que el nuevo plazo para acceder a la condonación de deudas vence el 16 de ese mes.
La extensión de los plazos está prevista en la Resolución General 5157/22 que será publicada este viernes en el Boletín Oficial.
Cómo queda el nuevo cronograma:
Condonación de deudas: el nuevo plazo para acceder al perdón fiscal vence el próximo 16 de marzo. La condonación de deudas pueden solicitarla entidades y organizaciones sin fines de lucro como clubes de barrio, cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares y organizaciones comunitarias. También abarca deudas inferiores a $100.000 de monotributistas y otros pequeños contribuyentes, y de micro y pequeñas empresas que cuentan con el Certificado MiPME.
Para ingresar su solicitud deberán ingresar a la página web de la AFIP, dentro del servicio “Condonación de deudas – Título I – Ley 27.653” con clave fiscal nivel de seguridad 3. En caso de que la AFIP detecte inconsistencias o la falta de alguno de losrequisitos necesarios para acceder al beneficio, las y los contribuyentes podrán manifestar su disconformidad hasta el 16 de marzo.
Moratoria: el plan de regularización de deudas forma parte de los beneficios previstos en la ley de alivio fiscal. La adhesión al plan de regularización está habilitada hasta el 31 de marzo. La primera cuota vencerá el 16 de abril y las subsiguientes los días 16 de cada mes. El plan de facilidades de pago permite solicitar el beneficio por deudas impositivas, aduaneras o de la seguridad social, incluidos intereses, multas y demás sanciones firmes relacionadas, vencidas al 31 de agosto de 2021.
Por otra parte, los deudores en concurso preventivo podrán adherirse a la moratoria hasta el 31 de marzo.
Contribuyentes cumplidores: tendrán tiempo hasta el 31 de marzo para acceder a los distintos beneficios establecidos en la ley de alivio fiscal. Los monotributistas podrán acceder a la eximición del componente impositivo del pago mensual que se efectuará a partir del período fiscal mayo de 2022.