DERECHO A LA TIERRA: EL GOBIERNO CAPACITA A COMUNIDADES ORIGINARIAS DE EL IMPENETRABLE PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO COMUNITARIO

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La cartera ambiental y el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas realizan relevamiento y capacitan a las comunidades originarias sobre los alcances de la Ley 26.160 que les garantiza el derecho a la tierra que habitan. En mayo se les entregará a un grupo la documentación para solicitar el título de propiedad comunitario.
Los equipos técnicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Territorial Sostenible y el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) capacitan a las comunidades de El Impenetrable en los alcances de la Ley 26.160. En mayo se les entregarán las carpetas técnicas que les permitirá solicitar el título de propiedad comunitario de sus tierras.
De esta manera continúa el relevamiento territorial de las comunidades originarias del Chaco a fin de ampliar sus derechos sobre las tierras que habitan. Estas acciones forman parte del Programa Nacional de Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas establecido por la ley N° 26.160.
La norma declara la emergencia en posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades originarias del país y prohíbe la ejecución de sentencias, actos procesales y administrativos cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de las tierras.
Las capacitaciones en El Impenetrable involucran visitas a las comunidades para la difusión del alcance de esta ley. Además del cierre de cuatro carpetas técnicas pertenecientes a la etnia wichí, que se prevén entregar en mayo, que contienen documentación (informes, cartografía, dictamen) que habilita a las comunidades a solicitar el título comunitario de sus tierras.
Por otra parte, de abril a junio se visitarán las comunidades de Misión Nueva Pompeya, Villa Ángela y Fortín Lavalle. “El relevamiento de las comunidades indígenas, las tierras que habitan y el estado de sus organizaciones nos permitirá conocer la situación territorial con el fin de obtener información integral para la toma de decisiones políticas que reivindiquen el derecho de los pueblos”, explicó Soneira.
Ley N° 26.160
Sancionada en noviembre de 2006, su propósito es que se respete lo establecido por la Constitución Nacional en el art. 75, inciso 17: «reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos para garantizar el respeto a su identidad (…), reconocer la personería jurídica de sus comunidades y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de las actas para el desarrollo humano; ninguna de ellas será enajenable transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos».
El Programa Nacional de Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas (Re.Te.C.I) está a cargo del INAI, quien mediante convenio con las diferentes provincias del país llevan a cabo el relevamiento técnico-jurídico catastral de la situación dominial de las tierras que de forma “tradicional, actual y pública” ocupan las comunidades de los pueblos indígenas. En lo que respecta a la Provincia del Chaco, el convenio involucra al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Territorial Sostenible y al Consejo de Participación Indígena del Chaco (CPI).

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